- Animar a los estudiantes a apreciar la literatura y a convertirse en ávidos lectores.
- Proporcionar recursos y actividades que contribuyan al aprendizaje durante toda la vida.
- Proporcionar experiencias educativas que propicien que los usuarios se conviertan en consumidores críticos y creadores de información efectivos.
- Proporcionar un lugar que funcione como el centro de información del centro donde los estudiantes puedan desarrollar sus habilidades al máximo.
- Proporcionar recursos y actividades de aprendizaje que comprendan la diversidad de experiencias, opiniones y perspectivas sociales y culturales.
- Propocionar una integración de las habilidades relacionadas con la biblioteca con las de lal curriculum de la clase.
Biblioteca
Proyectos
PROYECTO LINGÚISTICO DEL CENTRO
Este año, los profesores del centro participamos en la elaboración del Proyecto Lingüistico del Centro. Es una experiencia piloto, que tiene como objetivo adaptar el currículo a la nueva forma de trabajar, basándonos en competencias básicas y no en objetivos y contenidos. Adaptar lo que queremos de nuestros alumnos al entorno real. Este proyecto tiene una duración de tres años, al cabo de los cuales el proyecto lingüistico debe estar elaborado y funcionando.
Nuestros alumnos del tercer ciclo de primaria reciben la enseñanza de una segunda lengua extranjera, en nuestro caso, francés.
SECCIÓN BILINGÜE
El Claustro de Profesores participa activamente en los cursos de formación promovidos por el C.P.R. de Trujillo. También se llevan a cabo diversos grupos de trabajo en el Centro, destacando el grupo de trabajo sobre nuestro Geoparque.
Consejo Escolar
El Consejo Escolar del centro es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. El Consejo Escolar está compuesto por los siguientes miembros:
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El Director del Centro, que será su presidente.
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Un concejal o representante del Ayuntamiento de Guadalupe.
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Tres maestros y maestras elegidos por el Claustro.
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Tres representantes de los padres y madres de alumnos y alumnas.
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El Secretario, que actuará como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto.
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El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:
a) Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto educativo del centro, aprobarlo y evaluarlo una vez elaborado.b) Elegir al Director y designar al equipo directivo por él propuesto.
c) Proponer la revocación del nombramiento del Director, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios.
d) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica del Derecho a la Educación y disposiciones que la desarrollan.
e) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior.
f) Resolver los conflictos e imponer las sanciones en materia de disciplina de alumnos, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los mismos.
g) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
h) Adoptar criterios para la elaboración de la Programación General del Centro, así como aprobarla y evaluarla, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro.
i) Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, comedores y colonias de verano.
j) Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, y en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
k) Establecer las relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
l) Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservación.
ll) Supervisar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y docentes.
m) Informar la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
n) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones.
ñ) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
o) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
El Consejo Escolar del centro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.